DESPIDO POR EMBARAZO | MINISTERIO DE TRABAJO EL SALVADOR
No se les puede despedir a
las mujeres embarazadas, eso dictan las leyes de nuestro país en protección para
las empleadas publicas y/o privadas que pasan por un periodo de gestación.
LEYES
QUE PROTEGEN A MUJERES EMBARAZADAS EN EL SALVADOR
En el sentido de protección a
la estabilidad laboral de la mujer embarazada, el Código de Trabajo establece
en su Art. 113 que: “Desde que comienza el estado de gravidez, hasta que
concluya el descanso post-natal, el despido de hecho … no producirá la
terminación del contrato de la mujer trabajadora, excepto cuando la causa de
éstos haya sido anterior al embarazo; pero aún en este caso, sus efectos no
tendrán lugar sino hasta inmediatamente después de concluido el descanso antes
expresado”.
También podemos encontrar más
información en las siguientes referencias:
- Decreto núm. 1263 de 1953 por el que se
dicta la Ley del Seguro Social / Law No. 1263 promulgating the Social
Insurance Ac
- Decreto núm. 15 de 1972, Código de
Trabajo / Labour Code 1972
- Reglamento para el Goce del Período de
Lactancia. 1973 / Regulation on Breastfeeding 1973
¿CUANDO
DEBE PRESENTAR UNA DENUNCIA?
Puedes presentar una denuncia
si fuiste despedida por estar en embarazo, las empresas deben ofrecer soluciones
a mujeres embarazadas como cambiarte las actividades por actividades que exijan
menos esfuerzo físico, si trabajas en una planta alta, enviarte a trabajar en
plantas bajas, reducción en las horas de trabajo, o cualquier trato que tu jefe
pueda hacer contigo con tal de no quitarte el empleo directamente.
Si has sido despedida por
estar embarazada, pincha el siguiente botón y llena el formulario para que
puedas obtener una cita para Ministerio de trabajo.
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