DENUNCIAS POR ACOSO LABORAL | MINISTERIO DE TRABAJO EL SALVADOR


DENUNCIAS POR ACOSO LABORAL | MINISTERIO DE TRABAJO EL SALVADOR

 

¿QUE ES EL ACOSO LABORAL?

El acoso laboral es una realidad cada vez más estudiada y reconocida. Sin embargo, aún puede ser difícil identificar el acoso laboral allí donde se da, especialmente teniendo en cuenta que esta forma de acoso no siempre presenta las mismas características.

Los diferentes tipos de acoso laboral hacen que, en ocasiones, este fenómeno quede camuflado o incluso interpretado como algo que entra dentro de la normalidad. A fin de cuentas, allí donde se produce esta forma de acoso hay intereses en que lo que ocurra no pueda ser utilizado ante un juez, y esto hace que en cada tipo de entorno de trabajo estos ataques se adapten a las circunstancias.

Sin embargo, distinguir los distintos tipos de acoso laboral no resulta imposible. En este artículo los repasaremos, pero antes veremos un ejemplo que servirá para reconocer las características de esta clase de acoso.

 

CONSECUENCIAS PSICOLÓGICAS Y LABORALES

  • Lento deterioro de la confianza en sí misma y en sus capacidades profesionales por parte de la víctima.
  • Proceso de desvaloración personal.
  • Desarrollo de la culpabilidad en la víctima (la propia familia suele cuestionarla sobre su comportamiento).
  • Creencia de haber cometido verdaderamente errores, fallos o incumplimientos.
  • Somatización del conflicto: enfermedades físicas (por ejemplo, dolor de cabeza o síndrome del intestino irritable).
  • Insomnio, ansiedad, estrés, angustia, irritabilidad, hipervigilancia, fatiga, cambios de personalidad, problemas de relación con la pareja, depresión.
  • Inseguridad emocional, torpeza, indecisión, conflictos con otras personas e incluso familiares.
  • Mella en la autoestima.
  • Trastorno por estrés agudo.
  • Bajas laborales que el acosador suele aprovechar contra el trabajador, acusándolo de bajo rendimiento.

 

CARACTERÍSTICAS DEL ACOSO LABORAL

Según el profesor Iñaki Piñuel y Zabala son estrategias habituales en el acoso laboral las siguientes:

  • Gritar, avasallar o insultar a la víctima cuando está sola o en presencia de otras personas.
  • Asignarle objetivos o proyectos con plazos que se saben inalcanzables o imposibles de cumplir, y tareas que son manifiestamente inacabables en ese tiempo.
  • Sobrecargar selectivamente a la víctima con mucho trabajo y presionarla excesivamente.
  • Amenazar de manera continuada a la víctima o coaccionarla.
  • Quitarle áreas de responsabilidad clave, ofreciéndole a cambio tareas rutinarias, sin interés o incluso ningún trabajo que realizar ("hasta que se aburra y se vaya").
  • Modificar sin decir nada al trabajador las atribuciones o responsabilidades de su puesto de trabajo.
  • Tratarle de una manera diferente o discriminatoria, usar medidas exclusivas contra él, con vistas a estigmatizarlo ante otros compañeros o jefes (excluirle, discriminarle, tratar su caso de forma diferente, trasladarle a puestos inferiores, rebajarle el sueldo).
  • Ignorarle ("hacerle el vacío") o excluirlo, hablando sólo a una tercera persona presente, simulando su no existencia ("ninguneándolo") o su no presencia física en la oficina, o en las reuniones a las que asiste ("como si fuese invisible").
  • Retener información crucial para su trabajo o manipularla para inducirle a error en su desempeño laboral, y acusarle después de negligencia o faltas profesionales.
  • Difamar a la víctima, extendiendo por la empresa u organización chismes o rumores maliciosos o calumniosos que menoscaban su reputación, su imagen o su profesionalidad.
  • Infravalorar o no valorar en absoluto el esfuerzo realizado por la víctima, negándose a evaluar periódicamente su trabajo.
  • Bloquear el desarrollo o la carrera profesional, limitando retrasando o entorpeciendo el acceso a promociones, cursos o seminarios de capacitación.
  • Ignorar los éxitos profesionales o atribuirlos maliciosamente a otras personas o a elementos ajenos a él, como la casualidad, la suerte, la situación del mercado, etc.
  • Criticar continuamente su trabajo, sus ideas, sus propuestas, sus soluciones, etc.; o simplemente no tomarlas en cuenta bajo cualquier pretexto.
  • Monitorizar o controlar malintencionadamente su trabajo con vistas a atacarle o a encontrarle faltas o formas de acusarle de algo.
  • Castigar duramente o impedir cualquier toma de decisión o iniciativa personal en el marco de sus responsabilidades y atribuciones.
  • Bloquear administrativamente a la persona, no dándole traslado, extraviando, retrasando, alterando o manipulando documentos o resoluciones que le afectan.
  • Ridiculizar su trabajo, sus ideas o los resultados obtenidos ante los demás trabajadores, caricaturizándolo o parodiándolo.
  • Invadir la privacidad del acosado interviniendo su correo, su teléfono, revisando sus documentos, armarios, cajones, etc.
  • Robar, destruir o sustraer elementos clave para su trabajo.
  • Atacar sus convicciones personales, ideología o religión.
  • Animar a otros compañeros/jefes a participar en cualquiera de las acciones anteriores mediante la persuasión, la coacción o el abuso de autoridad.3
  • Atentar contra la ergonomía del trabajador en su sitio laboral.
  • Asignarle tareas humillantes, incómodas o desagradables.

 

PRESENTAR UNA DENUNCIA AL MINISTERIO DE TRABAJO

Cuando suceden este tipo de conductas u otras que podrían encuadrar en la consideración de acoso dentro del trabajo, es importante estar atento y hacerlo notar cuanto antes que lo estás sufriendo. ¿Conoces, sufres o has sufrido algún tipo de acoso laboral diferente a los que hemos citado? ¡No dudes en contárnoslo en los comentarios!

Da clic en el siguiente enlace para hacer una denuncia por acoso laboral.


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